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Ya es oficial: la Unión Europea aclara cómo limitar prestaciones y ayudas sociales a ciudadanos que no tengan trabajo

La Unión Europea ha desbloqueado una reforma para coordinar mejor los sistemas nacionales de Seguridad Social

El punto más delicado afecta a los ciudadanos comunitarios que viven en otro país de la UE sin trabajar ni tener un vínculo claro con su sistema

Sanchez Von Der Leyen
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redaccion

Redacción El Blog Salmón

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La libre circulación no desaparece. Pero Bruselas quiere ordenar una zona gris que lleva años generando tensiones: qué país debe pagar determinadas prestaciones cuando una persona se desplaza dentro de la UE y no trabaja en el Estado donde pide la ayuda. Según recoge El Español, la Comisión Europea publicará un listado con los requisitos que deberán cumplir los ciudadanos residentes dentro del territorio para acceder a esas ayudas.

La reforma no crea una Seguridad Social europea

El cambio afecta a las normas que coordinan los sistemas nacionales de Seguridad Social. Es decir, no crea un organismo europeo nuevo ni sustituye la legislación de cada país.

La clave está en otra parte: aclarar cuándo un Estado miembro podrá limitar determinadas prestaciones sociales a ciudadanos comunitarios que residan en su territorio sin trabajar ni mantener una relación suficiente con su sistema.

El acuerdo político fue alcanzado el 22 de abril por el Consejo y el Parlamento Europeo. Después fue refrendado por los representantes de los Estados miembros. La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales de la Eurocámara también lo respaldó a comienzos de mayo, aunque el texto todavía necesita la aprobación formal del Parlamento y del Consejo para entrar en vigor.

La reforma actualiza los Reglamentos 883/2004 y 987/2009, que son los que fijan qué legislación se aplica cuando una persona vive o trabaja en otro país de la UE. Bruselas busca reducir conflictos entre administraciones y repartir mejor el coste de las prestaciones.

El foco está en los ciudadanos comunitarios sin empleo

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El punto más sensible afecta a los europeos que se trasladan a otro Estado miembro sin ejercer una actividad económica.

Las nuevas reglas aclaran en qué circunstancias los países podrán limitar el acceso a ciertas prestaciones sociales solicitadas por estas personas. Pero esto no significa que un ciudadano comunitario pierda automáticamente derechos por no trabajar.

La clave estará en varios factores: la residencia legal, la situación personal, la normativa nacional y la relación real con el sistema del país en el que se pide la ayuda.

La UE mantiene que la libre circulación sigue siendo un derecho fundamental. Cualquier ciudadano europeo puede buscar empleo, trabajar y residir en otro Estado miembro sin permiso laboral. Lo que se pretende acotar es el acceso a ayudas asistenciales cuando no existe actividad, cotización o vínculo suficiente.

El texto también subraya que no debe impedirse a los ciudadanos móviles cotizar a regímenes de cobertura sanitaria. La reforma distingue así entre proteger derechos sociales en situaciones transfronterizas y evitar que una prestación no contributiva recaiga sobre un Estado sin conexión clara con el solicitante.

Seis meses de paro para buscar trabajo en otro país

La reforma no se queda en las ayudas sociales para ciudadanos sin empleo. También cambia las reglas de las prestaciones por desempleo.

Quienes se desplacen a otro país de la UE para buscar trabajo podrán seguir cobrando la prestación del país anterior durante seis meses. Ese plazo podrá ampliarse, si ese Estado lo decide, hasta agotar el periodo reconocido.

También se fijan reglas para los trabajadores transfronterizos. Si una persona ha trabajado, ha sido autónoma o ha estado asegurada durante 22 semanas ininterrumpidas en un Estado miembro, ese país asumirá el pago de la prestación, siempre que se cumplan sus condiciones nacionales.

La lógica económica es clara: si el vínculo laboral reciente se ha producido en un país, ese país pasa a tener más responsabilidad en la prestación. La reforma intenta reducir el limbo administrativo y evitar que el coste acabe en un Estado con una relación más débil con el trabajador.

Cuidados de larga duración y prestaciones familiares

Otra novedad está en los cuidados de larga duración. La UE incorporará una definición común y una lista de prestaciones cubiertas por estas reglas.

El objetivo es evitar vacíos para personas dependientes o cuidadores que se mueven entre países. En una Europa con movilidad laboral y población envejecida, esta parte del paquete no es menor: afecta a situaciones donde la frontera administrativa puede chocar con necesidades muy concretas de atención.

En el caso de las prestaciones familiares, la reforma distingue entre dos tipos de ayudas. Por un lado, las ayudas en efectivo destinadas a sustituir ingresos cuando una persona reduce o deja su actividad para cuidar a un hijo. Por otro, el resto de ayudas familiares.

Bruselas sostiene que esta separación evitará desincentivos económicos.

Una propuesta bloqueada desde 2016

La propuesta original de la Comisión Europea data de diciembre de 2016. Desde entonces, el expediente llevaba años encallado por las diferencias entre países de origen y países de destino de trabajadores móviles.

El acuerdo actual intenta cerrar ese debate con criterios más previsibles. No se trata solo de quién tiene derecho a una prestación, sino de qué administración debe asumirla y bajo qué condiciones.

La reforma también afecta a los trabajadores desplazados. Los empleados o autónomos enviados temporalmente a otro país podrán seguir asegurados en el Estado de origen hasta 24 meses, siempre que no sustituyan a otro trabajador y hayan estado asegurados al menos tres meses antes.

Además, habrá notificación previa obligatoria a las autoridades cuando se realicen actividades en otro Estado miembro.

Hay excepciones: los viajes de negocios y las actividades de corta duración de hasta tres días consecutivos en un periodo de 30 días quedan fuera de esa obligación. La excepción no se aplicará en la construcción.

Menos limbo legal y más control del gasto

Con este pacto, la UE intenta equilibrar dos objetivos que no siempre encajan bien: proteger la movilidad laboral y reforzar los mecanismos contra errores, fraudes o cargas mal repartidas.

No es un cierre general de prestaciones sociales. Es una forma de precisar qué país paga, cuándo paga y con qué vínculo del solicitante con su sistema.

Cuando Parlamento y Consejo adopten formalmente el texto, los Estados miembros deberán aplicar unas reglas pensadas para dar más claridad a ciudadanos, empresas y administraciones.

Imagen: Moncloa.

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