¿Qué pasa con la hipoteca si quiebra el Banco acreedor?

¿Qué pasa con la hipoteca si quiebra el Banco acreedor?
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HOY SE HABLA DE

Llevamos cerca de un año haciéndonos preguntas nuevas. O quizás eran preguntas viejas que hace mucho que la gente no se hacía. Y no me refiero a que huelen las nubes, no. Hablo de dudas, por ejemplo, acerca del origen del dinero, de como funciona el circuito financiero internacional, etc. Y entre ellas aquellas que atañen a la solvencia. A la solvencia de los Estados y de la banca, por poner un ejemplo. Y por ello el año pasado hubo muchos que aprendieron que los depósitos bancarios estaban garantizados en España hasta 20.000 euros en caso de quiebra de la entidad financiera, cifra que fue posteriormente aumentada hasta los 100.000.

Claro que para algunos esto es escaso (y para otros muchos, entre los que me incluyo, un mero brindis al sol en caso de crisis sistémica). Por eso, hay algún lector, que dándole vueltas a su cabecita, se pregunta que qué pasa con las hipotecas si quiebra el banco. Me consta que no es el único que se pregunta algo semejante, quizás albergando la esperanza de que estas se volatilicen. Pues tengo malas noticias.

Cuando una empresa quiebra, lo que se hace es repartir su activo entre sus acreedores. pues bien, la hipoteca, al igual que otras muchos prestamos y bienes forman parte del activo del Banco. activo con el que deben ser pagado el pasivo. Por tanto las hipotecas no desaparecen al igual que no lo hace ese inmueble propiedad de la entidad financiera, o ese paquete de acciones. Sigue estando ahí. En la fase inicial, de concurso de acreedores, el banco estará intervenido y los administradores se encargarán de que todo siga igual, cobrando a los deudores, por mucho que la propia entidad financiera no pague a sus acreedores. Y cuando se decida la liquidación del Banco, la cartera hipotecaria, al igual que el resto de activos sera vendida a otra entidad financiera. Conclusión: cambiaremos de acreedor.

Claro que quizás esto ya se haya producido y no nos demos ni cuenta. Es posible que esa hipoteca que creemos mantener con nuestra sucursal de toda la vida corresponda realmente a un tercero, a alguien a a quien se la haya vendido el Banco al poco de concederla. Es uno de los supuestos de la llamada titulización hipotecaria. Formalmente nuestro banco se seguiría encargando de cobrarnos, pero realmente la hipoteca puede ser ya propiedad de un tercero.

Ya lo siento, pero habrá que seguir pagando. Incluso se produce la paradoja de que no se aplica la compensación de deudas una vez declarado el concurso. Si tengo 150.000 euros en el Banco en un plazo fijo y así mismo tengo una hipoteca de 300.000, bien por el mecanismo de titulización o sin más,por la legislación concursal, no se produce una compensación quedando a deber solo 150.000. Seguiré debiendo mis 300.000, tendré garantizados( no) los 100.000 primero, y los 50.000 restantes habrá que estar a la liquidación de la entidad.

En El Blog Salmón|Fondo de Garantía de Depósitos
Imagen|Ernie McClellan

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