Comunicar una herencia al SEPE no basta si luego se vende el inmueble heredado y no se avisa de esa segunda operación. Lo establece la normativa sobre el subsidio por desempleo, que obliga a comunicar los cambios en la situación económica que puedan afectar al derecho a la prestación, según explica el propio Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El hombre, residente en Málaga, aceptó en febrero de 2020 una parte indivisa de un inmueble por herencia, notificó correctamente ese hecho al SEPE —que le suspendió la ayuda un mes por superar el límite de rentas— y, tras reanudarse el cobro, vendió su participación sin volver a informar. El resultado: extinción del subsidio y una deuda de 4.768,67 euros por prestaciones percibidas indebidamente.
La trampa, explica la sentencia, está en que la aceptación de la herencia y la venta posterior son hechos jurídicamente distintos que pueden generar obligaciones independientes frente a la Administración. El recurrente argumentaba que la venta no le había supuesto beneficio alguno —la propia Sala aceptó incluir en los hechos probados que su declaración de la renta reflejaba un «incremento patrimonial negativo»—, pero el TSJA no admite esa lógica. La normativa establece que los beneficiarios deben comunicar cualquier cambio en su situación económica que pueda afectar al subsidio, tal y como recuerda el SEPE. Es la misma mecánica que ya se ha visto con el Ingreso Mínimo Vital: heredar puede convertir una ayuda en una deuda de miles de euros.
El caso pone de relieve hasta qué punto el sistema de protección por desempleo asistencial pende de un hilo burocrático. El subsidio —a diferencia del paro contributivo— está condicionado a la carencia de rentas, y la legislación considera computables, entre otras, las rentas y los incrementos patrimoniales derivados de actos inter vivos o mortis causa, así como las plusvalías o ganancias patrimoniales, según recoge la Ley General de la Seguridad Social. El límite actual se sitúa en el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 915,75 euros mensuales, según las cuantías publicadas por el SEPE. Superarlo puede provocar la suspensión del subsidio y, si la situación se mantiene durante al menos 12 meses, su extinción. Un parado que hizo lo correcto (avisar de la herencia) pero no previó que tendría que avisar otra vez de la venta. Un detalle que, como ya se ha visto en otros casos de retirada de ayudas por cuestiones patrimoniales, marca la diferencia entre mantener la prestación o verse obligado a devolver cada euro cobrado.
La ironía del caso es que el propio SEPE levantó la suspensión inicial y le permitió seguir cobrando. El beneficiario siguió cumpliendo, aparentemente, todos los requisitos: su declaración de la renta mostraba que la venta no le había enriquecido. Pero la Administración entiende que la obligación de comunicación es independiente de la presentación de la declaración tributaria, ya que el SEPE establece expresamente que los cambios en la situación económica deben comunicarse cuando se produzcan. Esta lectura estricta choca con la realidad de un beneficiario de subsidio que, lejos de ocultar datos, presentó su declaración de la renta con transparencia.
Así, la cuestión de fondo no es si el hombre debía o no devolver el dinero, sino cómo un sistema que puede suspender o extinguir un subsidio cuando cambian las rentas del beneficiario está diseñado para proteger al ciudadano y, al mismo tiempo, exigirle el cumplimiento de sus obligaciones formales. El parado de Málaga hizo lo que la mayoría entendería como lo correcto: comunicar la herencia. Que el sistema le exija después una segunda notificación por una venta que no le reportó ganancias tiene todo el aspecto de un jarro de agua fría.
Imagen | Miwipedia via Wikimedia Commons / CC BY-SA 4.0
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