Hay una forma de evitar pagar impuestos de ganancias por fondos y acciones. La solución es morirte y que hereden

Hay una forma de evitar pagar impuestos de ganancias por fondos y acciones. La solución es morirte y que hereden
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El Estado tiene la curiosa costumbre de tributar por cualquier tipo de ganancia patrimonial o renta. Si trabajas, tributas. Si ganas en una inversión, tributas. Y casi todas las herramientas que existen de planificación fiscal no son más que una demora en el pago de impuestos.

Por ejemplo, cuando tenemos un fondo de inversión y hay ganancias no se pagan impuestos hasta la venta. Pero en la venta se pagan, vaya que si se pagan. Y cuando se invierte en un fondo de inversión lo que se hace es demorar la imposición (lo cual puede ser muy beneficioso fiscalmente, pero no es más que una demora en el pago de tributos).

Pero hoy venimos a hablar de una forma real de no pagar impuestos por la ganancia patrimonial. La pega es que para aprovecharla hay que morirse. Estamos hablando de la exención de la plusvalía del muerto.

La ley del IRPF y los muertos

La ley del IRPF es muy clara en su artículo 33, apartado 3, sección b: no existirá ganancia o pérdida patrimonial cuando exista transmisiones debido al fallecimiento del contribuyente.

Es decir, cuando existe una herencia no hay que pagar primero por la ganancia patrimonial del muerto y luego por el impuesto de sucesiones, solo por el impuesto de sucesiones. No hay que pagar nada por las plusvalías obtenidas en el tiempo.

¿Qué nos enseña este "truco" fiscal?

Esta sección de la ley del IRPF nos enseña que, si no tenemos un horizonte claro en nuestras inversiones más que el "largo plazo" y queremos proteger el patrimonio personal pensando también en los herederos, es muy conveniente tenerlo en productos financieros que no liquiden de forma periódica las ganancias.

Por ejemplo, es mejor tener el dinero en fondos monetarios de acumulación, que no pagarán impuestos por las ganancias hasta que se retire el dinero, que en depósitos donde hay una liquidación mensual, semestral o anual de los intereses. En el primer caso los intereses se van acumulando y en el caso de fallecimiento los herederos no pagarán por esas ganancias. En el segundo caso se irán pagando impuestos de forma periódica y los herederos tendrán menos patrimonio.

También es mejor usar fondos de inversión de acumulación que aquellos que que realizan repartos. O acciones que suelen realizar recompra de acciones amortizándolas y así subiendo su valor liquidativo, que aquellas que devuelven dinero al accionista en forma de dividendo.

La exención de la plusvalía del muerto es una de las pocas veces que el contribuyente se libra de pagar impuestos. Y es que ya lo dijo Franklin: "en este mundo no se puede estar seguro de nada, salvo de la muerte y de los impuestos". Quizá el legislador pensó que una vez llegada la muerte los impuestos ya no tienen sentido.

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