Las herencias no se complican solo por el dinero. También se complican por los silencios, los olvidos o los cambios familiares que nunca llegaron a reflejarse en el testamento. Tal y como cuenta COPE, Blanca Palmero, abogada de Vilches Abogados, advierte de que dejar fuera a un heredero forzoso puede tener efectos muy serios sobre el reparto de una herencia.
Qué es la preterición en una herencia
La palabra técnica es preterición. Y, aunque suene muy jurídica, describe una situación bastante concreta: alguien que debía aparecer en el testamento no aparece.
Palmero la define como la "omisión en un testamento de alguna persona que, por parentesco, tiene derecho a estar en él".
El ejemplo más claro es el de una persona que hace testamento nombrando herederos a sus hijos reconocidos y, después, aparece otro descendiente con los mismos derechos hereditarios.
En ese caso, explica la abogada, "no se ha tenido en cuenta el derecho a la herencia de este último hijo aparecido".
La clave está en distinguir esta figura de la desheredación. La desheredación implica que el testador excluye a un heredero de forma voluntaria y expresa. La preterición, en cambio, puede deberse a un error, a un desconocimiento o a una omisión no intencionada.
Herederos forzosos y legítima: la parte que no se puede ignorar
El testamento no permite repartir siempre todos los bienes como se quiera. En España, el Código Civil protege a determinadas personas mediante la legítima.
Palmero recuerda que esos familiares son los herederos forzosos o legitimarios, quienes "tienen derecho a un mínimo que les otorga el código civil, denominado legítima".
Por eso, cuando una persona otorga testamento, debe tener en cuenta a los descendientes, ascendientes o cónyuge, según corresponda en cada caso. El Código Civil define la legítima como la parte de los bienes de la que el testador no puede disponer libremente porque la ley la reserva a determinados herederos forzosos.
Si uno de ellos queda fuera, aparece el problema. Y no siempre se resuelve de la misma manera.
Cuando el olvido fue intencionado
La preterición puede ser intencional o no intencional.
La primera se da cuando el testador sabe que existe un heredero forzoso y aun así decide no incluirlo en sus disposiciones testamentarias.
En ese escenario, la persona omitida no queda desprotegida. Palmero explica que "tiene derecho a ese mínimo que el Código Civil le reconoce".
Para encajar ese derecho en el reparto, "se reducirá la institución de otros herederos para que esa persona pueda optar a esa cuota que el Código Civil le asigna".
Y si no basta con reducir lo recibido por los otros herederos, se tocarán otras disposiciones, como los legados. Es decir, el testamento no necesariamente cae entero, pero sí se corrige para respetar la legítima.
Cuando el testador no sabía que existía un heredero
La situación cambia cuando la omisión no fue voluntaria.
La preterición no intencional se produce cuando el testador no incluye a un heredero forzoso porque no sabía que existía, porque se le olvidó o porque había una situación familiar pendiente de aclarar.
"Este es el caso que nos encontramos tantas veces en el despacho cuando una persona no era conocedor de que tenía un hijo, o incluso cuando se haya pendiente un procedimiento de filiación", detalla la abogada.
Aquí la consecuencia puede ser mucho más dura, sobre todo si el olvido afecta a todos los herederos forzosos. El Código Civil establece que, si en una preterición no intencional de hijos o descendientes resultan preteridos todos, se anulan las disposiciones testamentarias de contenido patrimonial.
Palmero lo resume así: "se anularán todas las disposiciones de contenido testamentario".
Y añade la frase central: "el testamento no será válido en caso de que una persona desconociera que tenía varios herederos y, por tanto, se regirá lo dispuesto como si no lo hubiera otorgado".
Qué pasa si solo se omitió a uno de varios herederos
No todos los casos llevan al mismo resultado. Si el testador omitió solo a uno de varios herederos forzosos, las consecuencias se parecen más a las de la preterición intencional.
En ese supuesto, se reducirá la parte de los demás herederos instituidos. Y, si hace falta, se anularán legados u otras disposiciones para que el heredero olvidado reciba la legítima que le corresponde.
En la práctica, esto obliga a rehacer el equilibrio económico de la herencia. El testamento puede seguir teniendo efectos, pero el reparto diseñado por el fallecido queda condicionado por los derechos del heredero omitido.
Por qué conviene revisar cada caso antes de repartir
La lectura económica es clara: un testamento mal planteado puede alterar por completo la transmisión de patrimonio. No hablamos solo de una discusión familiar, sino de viviendas, ahorros, empresas, inversiones o bienes que pueden quedar bloqueados mientras se resuelve el conflicto.
Por eso Palmero recomienda acudir a profesionales especialistas en herencias. En estos casos es necesario "analizar cada caso y ver en qué situación nos encontramos".
Esa revisión puede ser clave tanto para el heredero preterido que quiere reclamar sus derechos como para quienes figuran en el testamento y deben defender o negociar el reparto.
El testamento sigue siendo una herramienta fundamental para ordenar una herencia. Pero cuando deja fuera a quien la ley protege, la voluntad del testador ya no basta por sí sola.
Imagen: Bufete de Abogados | Vilches Abogados Madrid, Tumisu.
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