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Una viuda tendrá que devolver 18.123,24 euros por cobrar a la vez la pensión de viudedad y la jubilación no contributiva

La Seguridad Social considera indebido el cobro simultáneo de ambas prestaciones y reclama la devolución de las cantidades percibidas de forma incompatible

Una viuda tendrá que devolver 18.123,24 euros por cobrar a la vez la pensión de viudedad y la jubilación no contributiva
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Redacción El Blog Salmón

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La Seguridad Social autorizó a una mujer a cobrar dos pensiones a la vez. Luego, cuatro años después, le reclamó la devolución de 18.123,24 euros por haberlo hecho. Y la Justicia le ha dado la razón a la Administración.

¿Qué ha pasado? La mujer ya percibía una pensión de jubilación no contributiva del Gobierno de Canarias cuando, en abril de 2017, empezó a cobrar la de viudedad. Ambas eran incompatibles —a diferencia de la viudedad con una jubilación contributiva, que sí puede ser compatible—. El Instituto Social de la Marina, tras cruzar datos con el Gobierno canario, no solo lo sabía: en un correo electrónico que figura en la sentencia del TSJ de Canarias, le indicaron que «la pongas al cobro, porque tiene derecho a la pensión no contributiva». Durante más de cuatro años cobró ambas. Hasta que la Seguridad Social cambió de opinión.

El primer varapalo. La mujer no se presentó al juicio del Juzgado de lo Social nº 2 de Las Palmas, y ahí se le fue el caso. Al no comparecer, no pudo alegar lo que pretendía: que los errores administrativos no deberían perjudicar al ciudadano que actuó de buena fe —la llamada doctrina Čakarević del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que establece que si el error es exclusivo de la Administración y el beneficiario cobró de buena fe, exigir el reintegro íntegro puede vulnerar sus derechos. El Tribunal Supremo, según recoge la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ya aplicó esa doctrina en una sentencia de marzo de 2025 para confirmar que no procedía una devolución de prestaciones cobradas por error exclusivo de la Administración. Pero el TSJ de Canarias no ha podido entrar en el fondo: al no plantearse esa defensa en la primera instancia, la considera una «cuestión nueva» y desliza que en suplicación no se pueden examinar alegaciones que estaban en el poder de la parte proponer antes.

Un patrón recurrente. Con ese telón de fondo, en los últimos meses se han sucedido casos de la Administración reclamando lo pagado: desde la mujer a la que le exigieron devolver 32.857,20 euros de pensión de invalidez por superar el límite de permanencia en el extranjero y los límites de ingresos de su unidad familiar, hasta quien perdió el Ingreso Mínimo Vital y tuvo que devolver 4.775,21 euros por tener una vivienda valorada en 36.231 euros. Los ciudadanos se están encontrando con que lo que la Administración dio con una mano, se lo pide de vuelta con la otra.

Lo que queda botando es la pregunta incómoda… ¿quién responde cuando el error es de la propia Administración y el ciudadano, además, no se defendió a tiempo? El Supremo tiene una respuesta, aunque no implica que toda prestación cobrada por error administrativo quede automáticamente a salvo de devolución. Los tribunales deben valorar las circunstancias de cada caso y, en este, el TSJ de Canarias no pudo entrar en esa cuestión porque la defensa basada en la doctrina Čakarević no se planteó en la primera instancia.

Imagen | Mujer mayor. Nikita Nikitin (vía Pexels)

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