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Es oficial: La Seguridad Social confirma la jubilación 10 años antes, al 100% y sin coeficientes reductores para estos trabajadores

  • Las ordenanzas de la administración central abren una pequeña compuerta de alivio para quienes arrastran dolencias severas, permitiendo el retiro a los 56 años

  • El nuevo listado oficial suma once nuevas patologías

Elma Saiz, ministra de Seguridad Social
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redaccion

Redacción El Blog Salmón

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El Gobierno actualiza el listado oficial sumando once nuevas patologías y beneficiando a unas 50.000 personas que ya no verán recortada su pensión mensual.

El laberinto administrativo y el alivio de las cifras

Hablemos de justicia poética o, mejor dicho, de pura supervivencia laboral. En un país que debate con solemnidad si debemos trabajar hasta los 67 años mientras los cuerpos y las cabezas dicen basta, la Seguridad Social ha decidido mover ficha. La noticia de que los trabajadores con una discapacidad acreditada igual o superior al 45% podrán jubilarse a los 56 años, es decir, una década antes de la edad ordinaria, suena a victoria histórica. Pero, como ocurre siempre que el Estado redacta un decreto, la letra pequeña exige un manual de instrucciones.

La reforma, que actualiza el ya veterano Real Decreto 1851/2009, añade once nuevas enfermedades a un listado que ahora cubre desde la esclerosis múltiple hasta el trastorno bipolar, pasando por la ELA o el párkinson. El objetivo es facilitar el retiro de quienes padecen dolencias que condicionan de manera significativa el día a día en la oficina, la fábrica o el taller. Según consta en la información publicada por La Provincia, la medida beneficiará a unas 50.000 personas una vez entre en vigor esta esperada actualización. Un respiro, vaya.

Las exigencias del BOE y el salvavidas del 100%

Ahora bien, no basta con tener el diagnóstico médico en la mano para recoger los bártulos e irse a casa. El laberinto administrativo exige haber cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de la carrera profesional. Y aquí viene el giro burocrático: dentro de ese periodo, hay que demostrar que al menos cinco de esos años se han trabajado conviviendo ya con la enfermedad y con ese grado de discapacidad del 45% oficialmente reconocido. Además, el solicitante debe encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en el momento de pedir la jubilación.

La gran ventaja, la que de verdad importa al bolsillo, es que este adelanto no viene con el clásico hachazo de los coeficientes reductores. En el sistema español, jubilarse antes de tiempo suele ser sinónimo de perder un pellizco sustancial de la pensión para siempre. Aquí no. El tiempo que se anticipe el retiro se considera como cotizado a efectos de calcular el porcentaje aplicable sobre la base reguladora. Te vas diez años antes, pero cobras el 100% de lo que te corresponde, sin penalización alguna.

Por cierto, resulta casi obsceno que hayamos tenido que esperar a una reforma de urgencia para que el sistema reconozca que pedirle a alguien con una enfermedad neurodegenerativa o una dolencia crónica severa que aguante al pie del cañón hasta los 67 años no es trabajo, sino tortura. Al final, la sensibilidad social también se mide en el BOE. Habrá que ver si el embudo de las valoraciones médicas de las comunidades autónomas no convierte este derecho en otra eterna lista de espera.

Imágenes | Youtube (La Moncloa)

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