Invertir en Bitcoin y otras criptomonedas en España nos lleva a una cantidad enorme de papeleo con la nueva regulación: todo esto se nos exige

Invertir en Bitcoin y otras criptomonedas en España nos lleva a una cantidad enorme de papeleo con la nueva regulación: todo esto se nos exige
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Durante este mes de julio ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva Ley de la lucha contra fraude en España, Ley 11/2021 de 9 de julio, que también regula las obligaciones de los inversores en caso de invertir en Bitcoin y otras criptomonedas.

La ley indica que se debe informar sobre los saldos en qué se invierten en Bitcoin y otras criptomonedas y los titulares que las criptomonedas que se van a tener en custodia y, por tanto, esto genera realizar más papeleo.

Las obligaciones establecidas para los inversores de criptomonedas

Las nuevas obligaciones marcadas en la ‘Ley contra el fraude’ están orientadas a tener mayor control tributario sobre la compraventa de criptomonedas.

Además, este control llega hasta a las personas y establecimientos que realicen operaciones dentro del territorio de España o entidades que residan en el extranjero pero que proporcionan sus servicios de salvaguarda de las claves de criptografía dentro de España van a estar obligadas a dar información sobre las criptomonedas que tengan a su posesión a Hacienda.

Por tanto, las tres figuras comentadas anteriormente den presentar información sobre las criptomonedas que estén a su posesión a la Agencia Tributaria. Los exchanges (espacio donde se realizan los intercambios de criptomonedas) deben informar de su domicilio, identificación fiscal, precio y fecha que se ha realizado la compra de la criptomoneda.

Además, las personas y establecimientos españoles y entidades que estén fuera del territorio nacional que proporcionan servicios de intercambio están obligados a informar a Hacienda de las operaciones de compra, venta, transferencia, cobros y pagos, los precios de las operaciones y las fechas que se realizaron las operaciones.

El Bitcoin y otras criptomonedas deben aparecer en la renta

Si durante el 2021, tienes en tu posesión Bitcoins y otras criptomonedas en monederos que estén dentro del territorio nacional de España se establece que existe la obligación de informar sobre las criptomonedas que posees.

Esto quiere decir que se debe declarar dentro de la renta todas las criptomonedas como si fuera un bien de inversión. Aquellos Bitcoins y otras criptomonedas que tenga el declarante se deben incluir en el modelo 720 ‘Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero’.

Si no se realiza dicha declaración la ley establece que se pueden aplicar sanciones hasta los 5 mil euros por cada uno de los datos que cada una de las criptomonedas que se tendrían que haber declarado.

Las exigencias de la nueva ley para regular el fraude del Bitcoin y otras criptomonedas

La nueva ley establece un listado de los sujetos obligados y la obligación que tiene cada uno de ellos a la hora de implantar las medidas de prevención para el blanqueo de los capitales.

Esto supone que estas empresas deben establecer procedimientos documentados para poder identificar a todos sus clientes, y les deben exigir la documentación acreditadora de su DNI, NIE o pasaporte.

Por otra parte, la justificación de procedencia de los fondos que van a invertir en Bitcoin o criptomonedas, y están obligados a guardar toda la información para disposición de Hacienda durante al menos 10 años.

Si la operación de compraventa de Bitcoin y otras monedas se realice entre empresas, las operaciones se deben registrar con una persona física, es decir, identificar al propietario real y, por tanto, quien va a tomar las decisiones sobre esa criptomoneda.

Exigencias del registro en el listado del Banco de España

Se está obligado de inscribirse en el Registro del Banco de España para todos los inversores que son personas físicas o empresas que ofrezcan servicios en España, con independencia de sí sus servicios se hacen en España o no.

Los requisitos obligatorios para inscribirse en el registro son los siguientes:

  • Demostrar delante el Banco de España que se han implantado sistema de control y medidas preventivas para evitar el blanqueo de capitales.
  • Acreditar que se cumplen los requisitos establecidos en la ‘Ley de Ordenación de Entidades de Crédito.

Los inversores que son personas físicas y los directivos de empresas deben acreditar que prestan los siguientes servicios:

  • Trayectoria profesional sin antecedentes y sin despedidos irregulares.
  • No tener sanciones penales o administrativas.
  • No estar en proceso de investigación de los anteriores casos.

El inversor se debe asegurar que su proveedor de Bitcoin y otras criptomonedas sea de fiar

En este momento para el inversor va a ser sencillo que un proveedor de Bitcoins y otras criptomonedas se ha haya inscrito dentro del Registro del Banco de España y, por tanto, da más confianza a la hora que no tenga sanciones o investigaciones.

Por otra parte, para el inversor a partir de ahora le van a pedir la documentación que autentifique y así identificarse como una persona física, independientemente que la compraventa de las criptomonedas las realice una empresa.

Por tanto, el aumento de papeleo por parte de los inversores de criptomonedas ha aumentado considerablemente.

Imagen | sirichai_ec2525606

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